En todo intercambio de ideas se recogen buenos frutos. La
retirada del artículo 68 (A68) y la inclusión del A82 han motivado diferencias
de criterios. Dejando fuera las pasiones, los intereses políticos mezquinos y
las descalificaciones sietemesinas, existe una preocupación compartida en
relación a la realización de consulta popular y referéndum del anteproyecto de
Ley Código de Familia.
Las dudas e inquietudes salen a relucir ante la
imposibilidad de que el matrimonio igualitario sea incluido en el Código de
Familia, teniendo en cuenta el pensamiento discriminatorio, homofóbico y conservador
de nuestro pueblo y la pobre cultura jurídica y de derechos humanos después de 60
años de Revolución.
A ello se suma el preocupante avance de las ideologías
fundamentalistas promulgadas por las denominaciones evangélicas, a quienes
nuestro Estado/Partido les ha lanzado un trozo de carne con la eliminación del A68.
Así se busca acallar sus ladridos durante el Referéndum Constitucional. Por eso
no veo esta movida como un triunfo de las Iglesias y reitero que la eliminación
del artículo no cierra la posibilidad de la aprobación del matrimonio
igualitario.
El Código de Familia vigente desde 1976, después de un
proceso de consulta popular durante 1975, fue votado por Referéndum, según me
han hecho saber las y los expertos que hace más de veinte años han trabajado en
su actualización sin éxito alguno. En aquella época fue un Código muy avanzado
por sus fundamentos axiológicos y jurídicos en relación al Derecho de Familia.
Su promulgación siguió a la Constitución de la República de 1976.
Este proceso se pretende repetir en la actualidad, tal cual
establece la Ley. Sin embargo, no tengo información de que sea obligatorio
someter al Anteproyecto de Ley Código de Familia a Referéndum.
El anteproyecto Ley Código de Trabajo fue sometido a una
amplia consulta popular, pero fue aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular
(Parlamento), incorporando muchos de los cambios propuestos por la ciudadanía,
¿por qué tendría que ser diferente con el anteproyecto de Ley Código de
Familia?
Si el Anteproyecto de Ley Código de Familia se aprueba bajo
Referéndum no será posible aprobar el matrimonio igualitario, lo cual sería
anticonstitucional por ser una flagrante violación del artículo de igualdad y
no discriminación y nuestro Estado/Partido fallaría en el cumplimiento de sus
obligaciones como garante de derechos y de protección de grupos en desventaja
social.
Por lo tanto, la realización de la consulta popular sería la
forma participativa ideal para enriquecer el futuro Anteproyecto Código de
Familia, pero manteniendo su aprobación por las y los legisladores, de manera
que se garanticen los derechos de los grupos humanos vulnerables y en
desventaja social, donde se incluyen las personas que no se ajustan a la norma
opresiva heterosexual. [Santos Suárez, 20 de diciembre de 2018]
Ahora,..una buena noticia,..al ser completamente inducida, .y no mas que un comportamiento sin ninguna base genética,….el compportamiento homosexual es reversible, o sea, SE CURA,..si no , vean en youtube, los cientos de testimonios de ex-homosexuales vueltos a la vida normal...ver:
ResponderEliminarhttps://www.youtube.com/watch?v=aH4ItYs-xkc
https://www.youtube.com/watch?v=CRXosl4IR88
https://www.youtube.com/watch?v=HLoHqbMuz5k
https://www.youtube.com/watch?v=kdFWDUW8fWo
https://www.youtube.com/watch?v=vpWK7y3Og4k
https://youtu.be/BW5pN6LsH8M
https://youtu.be/mgbvhHEPSYk