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3/25/2023
11/06/2020
Detalles sobre juicio penal vs. Danay Suárez por presunto delito contra el honor de personas LGBTIQ
Aunque la vista fue pública, se celebró bajo las medidas sanitarias por la Covid-19.
Solamente participaron cuatro personas en el público. Por mi parte, mantuve discreción sobre la vista oral y no extendí invitaciones a otras personas. Como el presunto delito ocurrió en redes sociales, creo necesario hacer públicos los detalles de la vista oral.
Ante la presencia de tres jueces profesionales y dos jueces legos, más los letrados que representaron al querellante y a la querellada, se expusieron los argumentos probatorios a favor y en contra de un posible delito contra el honor, en este caso, la injuria.
Como querellante expuse las razones por las cuales Danay Suárez injurió a las personas homosexuales, y por lo tanto a mi persona, cuando reprodujo en su página oficial de Facebook una publicación de la autoría de Dayis Arizmendi en la que iguala, desde las mismas bases ideológicas, a la pedofilia con la homosexualidad.
Las razones que expuse se basan en los siguientes elementos:
-La pedofilia es un trastorno psicosexual dentro del grupo de las parafilias y tiene amplio rechazo social, de acuerdo a los valores morales de nuestra cultura. Señalé la repulsa social violenta contra el actor que interpretó un personaje abusador y violador de una menor en la recién culminada telenovela El rostro de los días.
- La publicación tiene la intención deliberada de degradar moralmente a las personas homosexuales mediante el uso de información falsa que circula por internet con ese mismo propósito
-La existencia de un supuesto Movimiento MAP (término psicopatológico para nombrar a las Personas Atraídas por Menores): bulo demostrado por sitios en internet que monitorean información falsa y cuya bandera también es falsa. Aunque no se negó la existencia de grupos pedófilos que buscan reconocerse como parte de la diversidad sexual, se dejó claro que el Movimiento LGBTIQ no tiene relación alguna con estas agrupaciones.
- La existencia de una Ideología de Género: término acuñado por la Iglesia Católica y de amplio uso por otras denominaciones cristianas, con la que se pretende contrarrestar y presionar a los Estados en la no promulgación de políticas de equidad para las mujeres y las personas LGBTIQ. Es un contradiscurso conservador y anticientífico contrario a los movimientos feministas y LGBTIQ. No es una ideología, es una perspectiva heterogénea sobre el género y la sexualidad aplicable a las políticas de equidad para todas las personas.
- La publicación que reprodujo Danay Suárez fue bloqueada por Facebook en el sitio de Dayis Arizmendi por considerarse contrario a los estándares de la comunidad sobre discurso de odio.
Este sujeto ha planteado que "las personas homosexuales somos mulas porque no podemos reproducirnos." La publicación de marras fue eliminada de su sitio oficial. Ambos argumentos fueron presentados por mí con pruebas impresas de las capturas de pantallas correspondiente
s.
El letrado que representó a Danay Suárez intentó durante toda la vista disminuir el impacto de la publicación por no referirse a ninguna de las personas que demandamos, por esta injuria, la reparación de daño moral al colectivo LGBTIQ. Ninguno de los testigos homosexuales ni mi persona referimos daños secundarios a nuestro honor en nuestras comunidades o centros laborales después de la publicación, pero quedó claro que produjo serios malestares, daño e indignación por tratarse de una injuria a un colectivo de personas en redes sociales, sobre todo por ser Danay Suárez una persona pública.
El intento del letrado de la querellada de adjudicarme publicaciones supuestamente ofensivas contra Danay Suárez y su fe cristiana, quedaron sin efectos con mis declaraciones y por contar con los testimonios de tres testigos cristianos, una de ellas profesora de Teología y Pastora de una Iglesia protestante con más de 100 años en Cuba.
En ningún momento el letrado de la querellada se refirió a las supuestas limitaciones a la libertad de expresión de su representada, cuestión por la que se me atacó, previo al juicio, por cristianos conservadores, memeros y periodistas de poca monta. No obstante, me referí al hecho de que Danay Suárez no ha retirado la publicación de su página oficial y declaró ante el Tribunal que ella no tenía razones para disculparse. También pude mostrar evidencias impresas de cómo la cantante ha publicado videos donde se menciona a mi persona con mentiras y comentarios malintencionados. Ellos son Agustín Laje y el rapero dominicano Redimi2, el primero un politólogo argentino conservador, que apoya al partido neofascista español Vox. El YouTuber Marcel García, de proyección de derecha neoconservadora ha dedicado un audiovisual a la querella centrado en mi persona y con una manipulación deliberada de mi discurso y posiciones científicas sobre el género. Estos personajes son adorados por Danay sin que haya recibido presión alguna de mi parte para que los retire de su portal oficial en Facebook.
En la vista participaron siete testigos (tres lesbianas y cuatro hombres gays). No publicaré sus nombres por respeto a la confidencialidad de cada uno de ellos. Cada quien puede ser libre de hablar de su experiencia si lo considera, después de publicada esta nota.
Sus testimonios fueron elocuentes en expresar el daño moral en las redes sociales infligido por la querellada. Confieso que sentí mucha admiración, y en no pocas veces me produjo emoción, escuchar sus testimonios, pues fueron expresados con mucha fuerza para reclamar sus derechos a que se les restituya su honor.
Las mujeres lesbianas argumentaron además sobre los derechos a decidir sobre sus cuerpos y a expresar susexualidad, dos de ellas defendieron su credo cristiano siendo mujeres lesbianas y ratificaron que la Iglesia a la que Danay pertenece no es la única, pues existen otras maneras de entender las sagradas escrituras por diferentes congregaciones religiosas.
Uno de los testigos gay desarticuló de manera aplastante la pregunta del letrado de la querellada en la que pretendía relacionar las bases ideológicas de la pedofilia con la homosexualidad. «Esa pregunta no tiene respuesta porque son dos cuestiones que no guardan relación alguna», dijo.
Sobre esa misma base presentaron sus argumentos periciales tres testigos expertos, todos profesionales de la salud mental y uno de ellos perito criminólogo. Los argumentos más importantes fueron la ausencia de relación entre pedofilia y homosexualidad, el impacto negativo sobre los derechos humanos y la salud mental de las personas homosexuales que pueden tener publicaciones como estas en las redes sociales, que usan un discurso excluyente y de odio, más la intencionalidad del discurso en rebajar moralmente a personas vulnerables.
Una de las expertas se refirió al uso de la apropiación de la consigna "amor es amor" que legitiman las redes de pornografía infantil a nivel internacional, cuestión muy distinta a la existencia de un movimiento social y político MAP.
Mi representante legal, el letrado Lázaro Arencibia, demostró durante toda la vista que nuestro honor fue dañado con la publicación de Danay. Su alocución final fue demoledora pues usó una anécdota que representaba muy bien el carácter injuriante de la publicación. A él le estoy agradecido por aceptar el caso, por su sensibilidad, su desempeño profesional y sentido de justicia. También quiero agradecer al Bufete Colectivo de Santos Suárez.
Su contraparte usó ejemplos desafortunados para tratar de desmontar la injuria como delito. Mencionó los referentes legales de las legislaciones cubana y española en relación a los delitos contra el honor y de cómo no se aplica en este caso, más el ejemplo de que cualquier persona puede presentar demandas por injuria por sentirse ofendidos personalmente o por su profesión.
A mi pedido, el presidente de la sala me concedió la posibilidad hacer uso de palabra antes de Danay Suárez. Mi declaración amplió sobre el discurso de odio, que, aunque no es una figura penal en Cuba, el letrado de la querellada se apropió de forma inadecuada del concepto cuando me referí a este asunto en la declaración inicial.
Expliqué que el discurso de odio en las redes sociales equivale a su uso en un espacio público cualquiera y que el ejercicio de la libertad de expresión tiene límites cuando se injuria, se difama y se excluye a personas o grupos vulnerables. Le demostré con ejemplos al letrado de la querellada que en España es penado por la Ley y que nuestros referentes del Código de Defensa Social de 1938 se han actualizado.
Resalté que para que pueda hablarse de discurso de odio en internet debe existir un grupo vulnerable, que en este caso somos las personas LGBTIQ, también debe usarse un estereotipo que tenga aceptación social (en este caso la pedofilia y la homosexualidad), debe haber malignidad al convocar a terceros (Danay Suárez tenía esa mañana 134180 seguidores en su página oficial, en su gran mayoría apoyan la publicación) y, por último, debe demostrarse una intencionalidad de dañar.
En cuanto a la vulnerabilidad de las personas LGBTIQ me referí al odio, la exclusión y la persecución histórica de este grupo humano, sobre todo por las religiones, y los poderes jurídicos y biomédicos. De todo eso se habló en la vista oral y muchos elementos perviven en la actualidad.
Sobre los estereotipos pregunté si necesitaríamos una vista oral de cuatro horas si el contenido de la publicación injuriosa dijera que «todos los negros son delincuentes» o que «todos los raperos, roqueros y cantantes de hip-hop son drogadictos».
Sobre la intencionalidad me referí a la obsesión de Danay Suárez, y otras personas cristianas, de usar su fe para denostar y rebajar socialmente a las personas LGBTIQ, sobre todo desde una aplicación selectiva y rígida de algunos versículos contenidos en libros escritos hace milenios por patriarcas (libros que componen la Biblia).
En la alocución final de la querellada, Danay Suárez no mostró compasión alguna, su discurso fue arrogante y realizó comparaciones absurdas con animales (vacas en este caso) al exponer sobre los efectos nocivos de «la ideología de género» y el derecho humano al reconocimiento de la identidad de género de cada persona. Sobre este particular dijo "Si estas personas se sienten como una vaca y alguien se le opone, te llevan a juicio por Injuria".
La querellada se mostró abrumada por los testimonios de sus contrapartes y los elementos científicos que se esgrimieron en la vista oral. Ante eso se refirió a los premios Grammy y Billboards que supuestamente ella ha ganado. De acuerdo a la información disponible solamente ha sido nominada, pero no premiada en tales certámenes.
La querellada también dijo que "el Tribunal no tiene acceso pleno a internet y que muchos argumentos allí dichos estaban fuera de su alcance". El presidente del Tribunal le aclaró a la querellada que las juezas y jueces que formaron parte del Tribunal tienen acceso pleno a internet y que saben muy bien hacer su trabajo.
En la secretaría de la sala de lo penal del Tribunal me confirmaron hace 72 horas que la sentencia está lista y que se le comunicará por vía electrónica a mi abogado Lázaro Arencibia. Este último me ha comunicado hace minutos que seré notificado a primera hora del lunes 9 de noviembre del 2020.
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12/10/2018
Derecho humano a la expresión sexual
Antes de que concluya el Día de los Derechos Humanos quiero dedicar esta entrada a la expresión sexual como derecho humano. Por eso me dirijo a aquellas personas que:
- han tenido la fuerza y la valentía de salir de los armarios, de mostrar su sexualidad y sus expresiones de género sin miedo al que dirán y a contrapelo de los dictados heterosexistas de la cultura y las instituciones,
- han sufrido discriminación y rechazo por sus familiares, han perdido amigos y han disuelto sus vínculos amorosos por mostrarse tal cual son en relación a su sexualidad,
- el dolor por estas pérdidas ha sido un punto de partida para retomar el rumbo de sus vidas a plenitud,
- han dejado de sentir verguenza por transgredir las normas heterosexistas y se han erigido como ejemplo moral ante su familia y la sociedad,n
- no están entre nosotros físicamente por cometer suicidio, o ser víctimas de la violencia machista por su orientación sexual o identidad de género; y a los que han muerto víctimas del Sida,
- practican el poliamor o pactan relaciones no monogámicas, contrarias a los rígidos dictados de la heterosexualidad dominante,
- se oponen a las clasificaciones sexuales y de género y practican su derecho a nombrarse a sí mismo,
- no se incluyen en las políticas públicas o son ninguniedos por las iglesias por su sexualidad o su género,
- que modifican sus cuerpos con entera libertad, de acuerdo a sus vivencias personales en relación a la sexualdiad y el género,q
- que se atreven a decir ¡basta de violencia, odio y discriminación! y toman conciencia política de su cuerpo y su sexualidad.
Ssntos Suárez, 10 de diciembre de 2018
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