7/23/2018

Intervención en la Asamblea Nacional del Poder Popular sobre derechos humanos lgbti y unidad nacional

El siguiente texto fue leído por el diputado Luis Ángel Adán Roble durante los debates del Proyecto de Constitución de la República de Cuba.

La orientación sexual y la identidad de género son elementos constitutivos de la condición humana.
Desde hace muchas décadas las ciencias médicas y las ciencias sociales han reconocido que, además de la heterosexualidad, también son legítimas las orientaciones sexuales homosexual y bisexual y que las personas que expresan estas orientaciones del deseo erótico no heterosexual sufren de exclusión social, violencia física y psicológica. Todo ello conlleva a una vulneración de los derechos humanos de estas personas, que en nuestro proyecto de Nación socialista resulta inadmisible.
Desde la despenalización de la homosexualidad en Cuba en 1997, solamente se ha legislado favorablemente hacia la no discriminación por orientación sexual en la Ley Código de Trabajo de 2013, en el contexto de una redefinición de la política del Partido expresada en sus lineamientos y en la Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista.

En cuanto a la identidad de género ha sido más difícil su comprensión por la transgresión de las normas culturales, sociales y jurídicas que reconocen a la masculinidad y a la feminidad desde los atributos biológicos que definen al sexo. Las normas jurídicas vigentes en nuestro país, no reconocen a la identidad de género como constitutiva de la identidad de la persona. Por ello estamos llamados a defenderlo en el Proyecto de Constitución que hoy se nos presenta.
Por tal motivo, un grupo numeroso de cubanas y cubanos sufren de estigma, discriminación y negación de derechos por no tener una correspondencia entre la identidad de género y el sexo asignado al nacer. El sufrimiento de estas personas comienza desde edades tempranas en sus familias y sus vidas se tornan precarias durante las etapas posteriores.
Las desventajas sociales incluyen dificultades para recibir una educación con calidad, pobre acceso a un empleo digno, problemas en la atención de salud, pobre participación política y social, proclividad a actos delictivos y mayor vulnerabilidad a contraer infecciones de transmisión sexual, entre otras.
La inclusión de la identidad de género y la orientación sexual en el artículo de igualdad del proyecto de Constitución que será sometido a referendo es congruente con los principios de nuestro socialismo enmarcados en la Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista.
La implementación de políticas respaldadas en leyes concretas sería un acto de justicia y de respeto a la dignidad plena del ser humano. Desde el punto de vista ético, reconoce a la autonomía y a la libertad personal, a la identificación de grupos vulnerables para su protección y resarcimiento por limitación del disfrute de derechos, además de entender que la identidad de género masculina y femenina no se vive ni se expresa de igual manera en cada persona, ni siquiera en aquellas en que la identidad de género coincide con el sexo asignado al nacer.


La definición del matrimonio como la unión entre dos personas, propuesta realizada por Vilma Espín Guillois cuando se discutía el proyecto la Constitución de 1976, se ajusta a los Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Aunque no son principios vinculantes (de obligatorio cumplimiento) ofrece un marco referencial con los que nuestro Estado y Gobierno se han comprometido a trabajar en el marco de la política internacional y doméstica.
La actualización del concepto de matrimonio como la unión entre dos personas no quita derechos a las personas heterosexuales, repito, no quita derechos a las personas heterosexuales, sino que los extiende desde el principio de equidad al disfrute del reconocimiento legal de la unión entre dos personas, independientemente de la orientación sexual o la identidad de género. La garantía de este derecho humano no privilegia a un grupo de ciudadanas y ciudadanos en detrimento de otro.
Toda persona tiene el derecho a formar una familia, con independencia de su orientación sexual o identidad de género. Existen diversas configuraciones de familias. Ninguna familia puede ser sometida a discriminación basada en la orientación sexual o identidad de género de cualquiera de sus integrantes. Dicha realidad está sustentada por múltiples investigaciones científicas nacionales e internacionales y en las experiencias jurídicas de más de quince años si nos atenemos al Derecho Comparado.
Diputadas y diputados:
Las familias cubanas resultarán fortalecidas si se actualizan las políticas normativas vigentes. En la construcción socialista que aspira nuestra Nación deben dejarse detrás los preceptos burgueses que rigen la configuración de un solo tipo de familia. Los cambios legislativos deben tener un impacto educativo y transformador de las normas culturales en relación a la constitución de las familias.


Las diputadas y diputados que apoyamos los equitativos cambios que se han incluido en el proyecto de Constitución somos conscientes de que para muchas personas de bien, algunos de estos artículos contradice sus valores morales y religiosos. Reconocemos además el derecho de las diferentes congregaciones religiosas a expresar sus posicionamientos sobre el matrimonio y la familia desde las doctrinas del Evangelio. De hecho, ninguna de las propuestas contenidas en este proyecto constitucional atentan contra las formulaciones doctrinales que cada Iglesia o congregación religiosa disponga en sus espacios y con sus practicantes.
La separación entre Iglesias y Estado y los deberes de este último como garante de derechos humanos continúan vigente. El Estado laico debe garantizar los derechos de todas y todos, sin privilegios ni en detrimento de los derechos de minorías.
La unidad nacional es un principio del proyecto de Nación de inspiración socialista y soberana. Lo sabemos por las lecciones de nuestra historia de independencia que cristalizó por la obra y pensamiento de Fidel. La incorporación de nuevos referentes, entre los que se incluyen a grupos humanos cuyo género y sexualidad no se alinean con la heterosexualidad, redundará en una mayor unidad de la Nación. Son cientos de miles de cubanas y cubanos con lo que se tiene una deuda histórica y que como ocurre con las personas de piel negra, las mujeres heterosexuales, los campesinos, las personas religiosas y las personas discapacitadas forman parte de ese sentido de la cubanidad. Negarlos, borrarlos o silenciarlos, además de constituir una injusticia, fractura el proyecto de Nación que queremos construir.

7/09/2018

Demonios fundamentalistas cristianos: algunas reflexiones hereticales para el Partido Comunista de Cuba (parte III y final)

El punto 3 de la Declaración de la Iglesia Evangélica Pentecostal Asambleas de Dios, las Convenciones Bautistas Occidental y Oriental, la Liga Evangélica de Cuba y la Iglesia Metodista en Cuba dice:
«Que la gracia de Dios es para todos los seres humanos independientemente de su orientación sexual e ideología política o religiosa; para ser regenerados y transformados una vez que hayan procedido al arrepentimiento, por medio de la fe en Jesucristo»
No faltaba más, después de condenar las expresiones de género y del deseo erótico no heterosexuales nos dicen estos dueños de la fe que «la gracia del Dios es para todos los seres humanos». Lo comprendí: condenamos el pecado no al pecador.  Después vienen con un texto mucho más tétrico: la regeneración y la transformación siempre y cuando se arrepientan. Está claro, primero te declaras culpable, te sometes al poder de la Iglesia y después te curamos sólo con la fe en el señor Jesucristo que cada iglesia o denominación interprete.  Supongo que no baste con la fe, también aplican otros medios de regeneración que son castrantes del deseo: miedo, culpa, exclusión, control y vigilancia. Debieran consultar a los otros poderes que han fracasado en semejante cruzada: las lobotomías, los electroshocks, las terapias reparativas aversivas, las inmersiones en agua helada, las histerectomías a las ninfómanas, las prisiones, la torturas, todas avaladas por la misma fe. 
Es la misma lógica fundamentalista que permite la aplicación de la pena de muerte en muchos países africanos y del Medio Oriente por homosexualidad, con la diferencia de que estos últimos le llaman a ese Dios Alá. 

También desde esa fe culposa se permiten los feminicidios en México y en otros países de la región, la muerte de muchas mujeres por no tener derecho al aborto y el asesinato a machetazos en la vía pública de un activista gay en Jamaica, hace ya algunos años. 

También ha cobrado demasiadas víctimas por suicidio y por el Sida. Sentir y creer en Dios, el que sea, es un derecho y otra cosa bien distinta es aceptar que existan guardianes que se erigen controladores del cuerpo y de la sexualidad.  

La libertad religiosa tiene límites cuando existen violaciones de los derechos humanos de los cuales las iglesias son cómplices o activas promulgadoras. Nuestros decisores políticos deben estar alertas ante el surgimiento y desarrollo de corrientes fundamentalistas que atenten contra la unidad nacional.

Nuestra Constitución debe seguir estableciendo un Estado laico, que respete la libertad religiosa pero sin menoscabo de los derechos de la ciudadanía. La unidad nacional no puede ser construida mediante la exclusión de ciudadanas y ciudadanos por su orientación sexual, identidad y expresiones de género, color de la piel, discapacidad, ideas religiosas, seroestatus al VIH, credo político, origen nacional, lugar de residencia, estatus económico, entre otros.  El momento es decisivo para lograr una Cuba integrada, pero transformada donde la unidad se construya de forma variopinta, consensuada y respetuosa. (FIN)

Demonios fundamentalistas cristianos: algunas reflexiones hereticales para el Partido Comunista de Cuba (parte II)

El punto Punto 2 de la Declaración de la iglesia Evangélica Pentecostal Asambleas de Dios, las Convenciones Bautistas Occidental y Oriental, la Liga Evangélica de Cuba y la Iglesia Metodista en Cuba dice:
«La ideología de género no tiene relación alguna con nuestra cultura, nuestras luchas de independencia, ni con los líderes históricos de la Revolución»

Las congregaciones religiosas cristianas han acuñado con éxito el término ideología de género para referirse a los fundamentos del pensamiento feminista y de los movimientos lésbico-gay-trans e intersexo que aboga por la igualdad y la fluidez de género, desde un enfoque no binario y que amplía (no sin contradicciones) la legitimidad de las orientaciones eróticas del deseo y las diferentes conformaciones de familias, además del ejercicio pleno de los derechos reproductivos, incluyendo el aborto y la anticoncepción. 
Desde el estandarte de la Ideología de Género, la contraofensiva ideológica de las iglesias cristianas tomó fuerza en las  primeras décadas de este milenio, ante la globalización creciente de las políticas favorables de los Estados en relación a los derechos de las personas LGBT y con el peligro que para ellos representa la adopción de los derechos como derechos humanos universales en el sistema de las Naciones Unidas.
Los grupos religiosos fundamentalistas han encontrado terreno fértil en la oleada reaccionaria que azota a Occidente. Muchos de ellos participan en la política y han conformado partidos y gobiernos. En América Latina han articulado acciones anti-ideología de género y muchos partidos políticos han llegado al poder con alianzas con estos grupos fundamentalistas. Pudiera afirmarse que poco a poco se desdibuja el Estado laico de la modernidad con un franco retroceso en cuestiones de los derechos sexuales y reproductivos. 
En Cuba numerosas iglesias y congregaciones protestantes tienen una influencia directa de las iglesias del sur de los Estados Unidos, las firmantes de esta Declaración, aficionadas a una trasnochada geopolítica de izquierda, son un notable ejemplo de ello.  Desde la nación norteña se ha irradiado una compleja trama de apoyo en recursos logísticos y doctrinales hacia nuestra región y han influido fuertemente en los retrocesos legales que penalizan la homosexualidad en numerosos países africanos.
Lo que los grupos fundamentalistas cristianos denominan ideología de género no es más que una corriente contra-ideológica a los fundamentos del patriarcado, que no pretende erigirse como dominadora o excluyente de los hombres,  sino que aboga por justicia, equidad y no discriminación en relación al género y la sexualidad
El cuerpo y la sexualidad están atravesados por principios ideológicos de género. El patriarcado, considerado en la práctica social nuestra como machismo, es una ideología de género hegemónica, excluyente y opresiva. Se encuentra asimilada en las estructuras sociales, institucionales y del Estado mismo, desde normas (matriz heterosexual a decir de Judith Butler ) heterosexistas. 
El punto 2 de la Declaración tiene razón en parte: nuestra cultura, nuestras luchas de independencia, y los líderes históricos de la Revolución cubana han sido heteronormativos. Es decir,  no es un valor en sí mismo del cual tengamos que sentirnos orgullosos si nos ponemos los espejuelos del género para mirar en detalle nuestro devenir histórico. 
El complejo proceso de formación de la Nación cubana ha sido machista y patriarcal, independientemente de la destacada participación de las mujeres en las guerras de independencia contra el Imperio Español o del movimiento sufragista de mujeres de principio de la República burguesa, que lograron el derecho al divorcio y al voto. 
Tampoco fue diferente en las luchas contra el poder neocolonial estadounidense. Los ejemplos de manifestaciones homofóbicas y excluyentes de destacados intelectuales de izquierda y antimperialistas no son nada raros. 
Con el triunfo de la Revolución cubana, el sueño de José Martí de fundar una República con todos y para el bien de todos se continuó posponiendo mediante la aplicación de un nacionalismo excluyente que no integró a las mujeres no heterosexuales ni a las personas homosexuales masculinas, bisexuales o transgénero. De hecho se implementaron políticas de Estado contrarrevolucionarias en el marco de las leyes, de la salud, la pedagogía y la criminalística que pretendían normalizar y corregir los cuerpos y las sexualidades que no se adscribieran al poder heteronormativo. 
La contradicción entre una Revolución que prometió libertad plena, goce de los derechos humanos y el tratamiento que recibieron miles de cubanas y cubanos por su orientación sexual e identidad de género comenzó a ser entendida en tiempos muy recientes. El Partido Comunista de Cuba, organización política que también excluyó de su membresía a personas con sexualidades y géneros no heteronormativos, rectificó su política discriminatoria en sus estatutos y sentó las bases ideológicas para eliminarlas.
Algunas congregaciones y líderes religiosos hicieron visible un trabajo ecuménico liberador, revolucionario e integrador que venían desarrollando hacía décadas. Ellas consideran que la fe no se inculca desde la culpa y proclaman una cultura de paz, libre de opresiones de género y del deseo erótico, con apertura a múltiples configuraciones de familias y con una visión transformadora y erosiva del patriarcado como ideología.
«La ideología de género tampoco guarda ningún vínculo con los países comunistas, dígase la antigua Unión Soviética, China, Vietnam y menos aún Corea del Norte»
Resulta interesante la visión ideológica de algunas congregaciones religiosas en Cuba, que apelan a la vieja visión de bloque de guerra fría, con la confrontación capitalismo/comunismo. La visión binaria y tubular que tienen con el género y la sexualidad también parece extenderse a la ideología en su expresión más concreta. Ni siquiera el país que encabeza la lista llegó a construir el comunismo, los demás tampoco. 
El punto es que la izquierda, o los vestigios que de ella quedan a nivel internacional, tampoco han adoptado una posición revolucionaria en relación a la sexualidad y los géneros no heteronormativos. Ya mencionamos nuestro referente histórico, pero es necesario destacar que fue Lenin quien despenalizó la homosexualidad en 1919 y que fue repenalizada por Stalin en 1934. De esa tradición estalinista se nutrieron nuestros líderes comunistas y socialistas del siglo XX. La homofobia y la lesbofobia tropical no fue sólo asunto de hombres en el movimiento cubano de izquierda de aquel momento. Mariblanca Sabas Alomá fue una destacada feminista de izquierda de principios del siglo XX con marcadas proyecciones lesbofóbicas, si la analizamos fuera de su contexto histórico. 
En el caso de China,Vietnam y Korea del Norte se suman además otros elementos de la tradiciones culturales y religiosas asiáticas. 
En la Rusia capitalista contemporánea, a pesar de que la homosexualidad se despenalizó en 2004, se mezclan fundamentos nacionalistas y del Cristianismo Ortodoxo en el ejercicio de una robusta homofobia. Es curioso que los firmantes de esta Declaración no se refieran a la época pos-soviética que ha transcurrido desde 1989 hasta la actualidad. 
El Estado cubano es constitucionalmente laico, espero que nuestros representantes políticos y legisladores no permitan que ninguna iglesia o congregación religiosa ejerza presión desde criterios fundamentalistas, excluyentes y contrarios a la política del Partido en relación a la eliminación de todas las discriminaciones. 

  Butler, J. (2005). Undoing gender. [Regulaciones de género]. La Ventana (23), 7-35.

Demonios fundamentalistas cristianos: algunas reflexiones hereticales para el Partido Comunista de Cuba (parte I)

Un amigo colombiano, activista respetadísimo por los derechos de las personas con sexualidades y géneros no heteronormativos, me dijo hace unos años que con las iglesias no se dialoga. 
En aquel momento el activismo cubano LGBT estaba siendo bombardeado con opiniones fundamentalistas de múltiples congregaciones religiosas, después que el Ministerio de Salud Pública aprobase la Resolución 126 de 2008 sobre la atención de salud a las personas transexuales. 
De paso, estos grupos también amenazaron con salir a la calle a manifestarse si se aprobase la Ley Código de Familia. La iglesia católica (en minúsculas, porque no veo razón para escribirla con mayúsculas) se expresó por interno con la Oficina de Asuntos Religiosos del Departamento Ideológico del Partido Comunista y publicaron sendos editoriales que expresaban su postura fundamentalista sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo y sobre las cirugías de reasignación sexual, pero desde las doctrinas del personalismo filosófico-antropológico no secular. 
Ahora se repite la historia. Las modificaciones a la Constitución y del cuerpo de leyes que de ella emanen son momento propicio para que comiencen las movidas, los ataques y las presiones. 
La Declaración de la iglesia Evangélica Pentecostal Asambleas de Dios, las Convenciones Bautistas Occidental y Oriental, la Liga Evangélica de Cuba y la Iglesia Metodista en Cuba han abordado en tres puntos los pilares principales que sustentan su dogma fundamentalista devenido en ideología (¿de género?).
Pero este post no va dirigidos a ellos, es mejor hacerle caso a mi amigo colombiano. Más bien quiero dirigirlo al Departamento Ideológico del Partido Comunista, la fuerza dirigente superior de la sociedad cubana, que al menos en la letra y en acciones limitadas ha superado algunos dogmas fundamentalistas estalinomachistas mediante una política de no discriminación por orientación sexual e identidad de género.
Para ello, dedicaré varias entradas a cada punto de la declaración.
Punto 1  de la Declaración: 
«La familia es una institución divina creada por Dios y el matrimonio es exclusivamente la unión de un hombre y una mujer»

Falso. Las familias se crearon desde la organización de los clanes humanos mucho antes de que se tuviera conciencia de las religiones. Su evolución histórica ha mostrado diversidad de uniones u organizaciones que en muchas culturas con religiones politeístas no siguen el patrón nuclear y jerárquico del Cristianismo. Continúan evolucionando desde diferentes formas de parentescos y uniones. 
El matrimonio existía desde antes del cristianismo, sólo que se convirtió en institución cuando se reguló desde la ideología patriarcal cristiana. De hecho, una vez extinguido el vasto e indecente poder de la iglesia católica apostólica y romana este fue una de las concesiones que el Estado moderno hizo con la iglesia. Ambas estructuras de poder contribuyeron a regular los parentescos desde valores morales que nos parecen naturales pero que tenían tanto en el Feudalismo como en el naciente Capitalismo un fin económico claro. De ahí surge el contrato social en la modernidad, que sigue vigente en las legislaciones contemporáneas de Occidente. Ese contrato excluyó y trató de normalizar y subordinar a las mujeres, que ya no eran quemadas en la hoguera ni eran calificadas de brujas por el Cristianismo y propició con el desarrollo de las ciencias todo un sistema de clasificaciones biomédicas y de normas jurídicas adscritas a la Ley Natural. Los derechos al divorcio, a la vida pública y votar fueron arrebatados por la fuerza al poder de la ideología del Patriarcado.
Nuestra Constitución vigente, aunque se apellide socialista no se aparta de los fundamentos del Contrato Social burgués ni de su enfoque deliberado sexuado binario y esencialista.
La Biblia, producto humano masculino que despide un fuerte hedor ideológico de género, consta de varios libros tergiversados por los patriarcas que los escribieron y por las sucesivas traducciones desde el griego a las versiones en las lenguas actuales. 
Con el mayor respeto a los cristianos honestos cuya espiritualidad es sincera, pero desconfío mucho de la interpretación literal de un texto lleno de contradicciones y manoseado con malvados intereses, que sirvió para exterminar culturas y que sigue siendo usado para generar infelicidad, odio, exclusión, miedos y culpas. 
Si los cristianos contemporáneos no condenan el consumo de mariscos, ni permiten la tenencia de esclavos —como literalmente dice la Biblia— también pudieran pensar en una actualización desde otros valores morales universales que proclaman las escrituras en relación a la libertad, la honestidad, el goce y la no violencia. 
El cuerpo y la sexualidad debieran ser vistos como fuentes de plenitud espiritual y las uniones amorosas entre humanos bendecidas por las iglesias mientras no sean violentas y sean fuente de felicidad y concordia.

5/09/2018

Acoso escolar por orientación sexual e identidad de género

El pensamiento feminista nos ha dicho hace mucho tiempo que lo personal es político.  Por eso, al ser yo un sobreviviente del acoso escolar homofóbico, para mí tiene un significado especial participar en un evento de este nivel. Aunque por esa y otras razones también he sentido el peso del acoso en momentos posteriores de mi vida, las vivencias de mi infancia y la adolescencia me dieron herramientas para expresar plenamente mi sexualidad y luchar por la libertad sexual de las personas.

Sobrepasado este preámbulo quisiera agradecer a la Dra.C. Yoanka Rodney la posibilidad de participar en un panel que trate el tema del acoso escolar y al mismo tiempo pedir disculpas por la referencia de carácter personal que encabeza mi ponencia.

El acoso escolar por orientación sexual e identidad de género es un fenómeno multidimensional que debe ser visto de forma holística y transdisciplinaria.

En esta ocasión me referiré primeramente a algunas dimensiones teóricas en relación al género desde una perspectiva de derechos humanos, que matizados críticamente con elementos bioéticos, guardan relación con el acoso escolar.

El uso del enfoque bioético y derechos humanos obliga, en un segundo momento de mi intervención, a pasar de la reflexión crítica al esbozo de elementos biopolíticos de intervención en las políticas públicas.

La homofobia y sus variantes específicas son una de las formas en que se expresa el acoso escolar. El rechazo, la exclusión, la humillación y las agresiones físicas reiteradas hacia las y los escolares que muestren expresiones de género diferentes al sexo asignado o  hacia la demostración de elementos identitarios homosexuales o bisexuale, son las formas en que se manifiesta el acoso escolar por estos motivos.

Aunque pueden combinarse con otros estigmas (color de la piel, origen geográfico, creencias religiosas, rasgos morfológicos) en el acoso homofóbico y transfóbico  quien acosa y su víctima tienen una relación basada en asimetrías de poder, que en el caso de la sexualidad y el género se asientan sobre una matriz heterosexual dominante, legitimada por la cultura, la moral y las instituciones.

En dicha relación las y los acosadores devienen en policías del género, representantes del poder heteronormativo que la víctima termina aceptando. A decir de Bourdieu[1], dicha relación se articula desde una relación de violencia simbólica donde la opresión es concebida como natural e inevitable, pero en muchas ocasiones evoluciona hacia una escalada de hechos discriminatorios y vejatorios capaces de aniquilar a la víctima.

Dicho poder heteronormativo descansa en las bases ideológicas de la dominación masculina, que también es ejercida por las niñas y las adolescentes cisgénero. Sus bases se ubican en un sistema sexo-género-deseo lineal, esencialista y binario, que toma como punto de partida a las características biológicas que definen la categoría sexo y desde el guión cultural del género se le atribuyen significados subjetivos, sociales y políticos estratificados en poder.

Así se configuran los mandatos culturales que persiguen fines reproductivos en relación al deseo erótico heterosexual. Todas las variantes que ponen en tela de juicio dicho sistema heteronormativo conllevan a descalificar a las y los infantes que expresen un género diferente al asignado o que con el advenimiento de la pubertad comiencen a mostrar inclinación hacia personas de su mismo género. El acoso escolar se convierte así en una operación perversa y violenta que pretende aniquilar a los raritos, a los indeseables por la cultura o por los valores morales que nuestra sociedad jerarquiza en una escala axiológica de higiene social.

Resulta notable que desde las edades preescolares y hasta el comienzo de la adolescencia el acoso se expresa como trasgresiones de género. La condena a los infantes «afeminados» o hacia aquellos que se identifican con roles o expresiones de género transgenéricos comienza desde los espacios familiares y comunitarios para canalizarse en las escuelas.

Cuando las expresiones de género trans son profundas y sostenidas (niñas y niños trans) las relaciones interpersonales con sus pariguales producen síntomas disfóricos que tienen un profundo impacto deletéreo en su desarrollo psicosexual. En nuestro país esta es una realidad silenciada y desatendida, salvo algunos servicios aislados de la salud mental.

Según algunas series internacionales publicadas, la mayoría de estos individuos no llegan a ser personas transexuales en el futuro, sin embargo, no se ha valorado el impacto psíquico que dichas hechos provocan[2].

El análisis de la categoría sexo es aún más complejo y silenciado en el contexto del acoso escolar. Se conoce que no es una categoría naturalmente estable y que pueden observarse variabilidad en sus expresiones que no son patológicas. Los infantes intersexo, al no tener una genitalidad inteligible, son víctimas de un pacto de silencio impuesto por sus progenitores y los profesionales de la salud. Durante la edad escolar y la adolescencia se les somete a cirugías de corrección genital sin que se tengan la capacidad de consentir sobre las intervenciones sobre sus cuerpos. Dicha violación del principio bioético de autonomía se agrava con los potenciales ataques de otros educandos cuando el sexo asignado a los individuos con ambigüedad genital no coincide con la identidad de género sentida por el infante.

Otros aspectos importantes en la dimensión intersubjetiva del bullying homofóbico y transfóbico son las percepciones y valores morales de las y los educadores en relación a la heteronormatividad.

La deficiente formación con enfoque de género del profesorado contribuye a empeorar el acoso escolar, que además de no reconocer a los grupos de educandos vulnerables, no cuentan con herramientas para la prevención y protección de las víctimas. De hecho, si las concepciones de género de las y los educadores son binarias, reproductivas y heteronormativas se corre el riesgo de legitimar el bullying por orientación sexual e identidad de género. 

A este panorama se asocia la dimensión institucional de la homofobia que parte de la ausencia de políticas de Estado que reconozcan la diversidad de expresiones de género y de construcciones del deseo erótico, el enfoque positivista, paternalista, verticalista y esencialista de los modelos pedagógicos, el no respeto de la autonomía de las y los infantes como legítimos sujetos de derecho y la no promoción del desarrollo del pensamiento crítico y de la participación de acuerdo a cada momento del desarrollo vital.

Tampoco se promueve efectivamente una educación en valores que con su componente bioético interrelacionaría los principios de pluralidad, responsabilidad, respeto de los grupos vulnerables, equidad y no estigmatización y no discriminación.

Resulta notable que el Programa Nacional de Educación Sexual, redactado desde 1972, no haya sido implementado de forma transversal en el Sistema Educativo y que en fecha tan reciente como 2011 se cuente con la Resolución Ministerial 139 «Programa de Educación de la Sexualidad con Enfoque de Género y de Derechos Sexuales en el Sistema Nacional de Educación»[3]. Dicho documento normativo es amplio y ambicioso en su alcance, pero en nada se refiere al acoso escolar, su tipificación, prevención y abordaje.

Aunque se evidencian cambios favorables en relación a la homofobia y la transfobia escolar, el escenario actual en que el Sistema Educativo ejerce sus funciones es complejo puesto que según López Bombino  en relación a los valores, a nivel global se evidencia una crisis del sentido, de las expectativas y de los proyectos de vida, una incongruencia entre el discurso verbal y el comportamiento moral efectivo, un crecimiento de la apatía, de la desconfianza y del afán de lucro, un crecimiento vertiginoso de la marginalidad conductual, falta de comunicación familiar y de modelos y ejemplos y una imposición de gustos estéticos mercantiles[4]. Dicho panorama global de crisis de valores Lipovetsky [5] lo definió como ética indolora. Nuestro país no está exento de ello.

Sin embargo, la educación en Cuba cuenta con suficiente capital humano y experiencia para retomar los valores morales que permitan una formación integral de ciudadanos libres de estigma y discriminaciones. Se requiere descolonizar el pensamiento y tomar referentes de la educación popular y del legado axiológico de Martí, Luz, Varela y Freyre.

La escuela podrá ser un espacio seguro si se desaprende a discriminar y si las relaciones entre educandos se basan en la empatía y el respeto a la dignidad humana. Uno de los retos es que su alcance llegue a la comunidad y se integre a acciones de participación real de acuerdo a las necesidades concretas de esta última.

A la vez, mientras no se produzcan cambios positivos en el imaginario colectivo en relación a las discriminaciones deben establecerse políticas de protección a los grupos vulnerables al acoso escolar en todas sus manifestaciones.

La enseñanza debe apropiarse de un enfoque de género no binario y de derechos humanos,  tanto a nivel de la formación del profesorado como de las y los educandos. También deben desarrollarse las habilidades y competencias que permitan tener un enfoque crítico a los esencialismos sexuales y de género, aún y cuando la cultura dominante y la familia no coincidan totalmente con sus postulados. Desde el punto de vista ético son los mínimos para la construcción de una moral civil y de los máximos en relación a la felicidad y la realización individual de cada persona[6] en cuanto a su orientación erótica del deseo y su identidad de género.

La educación en la sexualidad es un derecho humano que debe ser respetado, enmarcado en el derecho a la educación, contenida en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y en las normativas y leyes cubanas vigentes. También se aplican la necesidad de garantizar otros derechos relacionados: derecho de los niños a expresar su opinión y a ser escuchados, derecho al cuidado y la protección y el derecho a la protección contra toda forma de discriminación.


[1] Bourdieu, P., & Jordá, J. (2000). La dominación masculina. Barcelona: Anagrama. 
[2] Ehrensaft, D. (2011). Gender Made, Gender Born:  Raising Healthy gender-nonconforming children. New York: The Experiment y Cohen-Kettenis, P. T., Owen, A., Kaijser, V. G., Bradley, S. J., & Zucker, K. J. (2003). Demographic characteristics, social competence, and behavior problems in children with gender identity disorder: A cross-national, cross-clinic comparative analysis. Journal of Abnormal Child Psychology, 31(1), 41-53.
[3] MINED (2012). Programa de educación de la sexualidad con enfoque de género y derechos sexuales en el sistema nacional de educación. Resolución Ministerial 139/2011, La Habana.
[4] López Bombino, L. (2012). Entre la ética de la ciencia y la bioética: problemas y debates actuales. Félix Varela. La Habana p. 225
[5] Lipovetsky, G., Richard, B., & Moya, A.-P. (2008). La sociedad de la decepción (Vol. 127): Anagrama.
[6] Gracia, D. (1989). Fundamentos de Bioética (pp. 576). Madrid: Eudema (Ediciones de la Universidad Complutense).

1/17/2018

Reforma constitucional cubana y futuros escenarios en la formulación de políticas: envejecidas y nuevas propuestas sobre los derechos de las personas con sexualidades no heteronormativas


1. Hacer explícito en el artículo 42 de la Constitución de la República la no discriminación por orientación sexual e identidad de género.
2.Garantizar el marco constitucional para la promulgación de una Ley que condene explícitamente la discriminación por orientación sexual e identidad de género en el Código Penal Cubano, incluyendo la incitación al odio, que garantice una plena protección de las personas LGBT en Cuba.
3. Propiciar el marco constitucional para la definición de crímenes de odio, incluyendo su prevención y penalización.
4. Aprobación del Código de Familia y la Ley civil a favor del reconocimiento de las parejas del mismo género, con garantías de todos los derechos ciudadanos, incluso de la adopción.
5. Modificar los reglamentos de los cuerpos armados que permita una plena garantía a la participación de personas no heterosexuales y transgénero en la defensa de la patria.
6. Reformular las políticas hacia la población penal con sexualidades y géneros no heteronormativos así como a las personas seropositivas al VIH.
7. Retirar del Código penal los artículos en relación a la peligrosidad predelictiva y eliminar la figura de pederastia con violencia (incluirla como violación, independientemente del género de la víctima y el victimario).
8. Implementar el Programa Nacional de Educación Sexual a todos los niveles de enseñanza, con énfasis en los principios de igualdad y no discriminación.
9. Implementar leyes específicas que garanticen la protección y reconocimiento de los derechos laborales de las personas con sexualidades y géneros no heteronormativos.
10. Aprobar una Ley de Identidad de género, con pleno reconocimiento de la identidad de género con la que la persona se identifica, independientemente a la realización de la Cirugía de Reasignación Sexual, en el cual el proceso de cambio de identidad se garantice mediante proceso administrativo.
11. Garantizar el derecho al acceso a la atención de salud de las personas trans, sin necesidad obligatoria de valoración psicológica ni de castración hormonal y quirúrgica, así como la descentralización de dichos servicios.
12. Implementar una política informativa sistemática que permita educar a la población en el disfrute de una sexualidad plena, basada en la igualdad y la no discriminación.
13. Participación pública y activa de los decisores políticos en el respeto a los derechos de las sexualidades y géneros no heteronormativos.
14. Garantizar el acceso a los procedimientos de reproducción asistida, para mujeres y para hombres, sin necesidad de especificar su orientación sexual, identidad de género o estado civil.
15. Crear un observatorio contra las discriminaciones, que lleve un registro de hechos de este tipo y donde la población pueda acudir, lo cual podrá ser de gran ayuda para el Partido y el gobierno en la elaboración de políticas correctas en contra de estas manifestaciones en la sociedad.
16. Abrir la sociedad civil a organizaciones de la población LGBT, lo que permitirá dar respuesta oportuna a las necesidades de estas personas, facilitará su representatividad y visibilidad en la sociedad. Dicho apartado requiere una reformulación de la Ley de Asociaciones.
17. Redefinir el trabajo de las “Casas de Orientación a la Mujer y la Familia” para su reactivación y lograr nuevamente el papel social que le corresponde, sobre todo en el abordaje de violencia doméstica.
18. Enfocar el trabajo político ideológico desde la participación ciudadana comprendida en todas sus dimensiones, más allá de la mera consulta.
19. Incidir con mayor intencionalidad en erradicar el estigma y la discriminación como factores de riesgo y de vulnerabilidad para la transmisión del Vih Sida.
20. Eliminar las políticas de acoso y de «saneamiento social» parcializadas a la práctica de la prostitución femenina y penalizar al cliente cuando se demuestre coerción, violencia, intimidación o delito potencial de trata o tráfico humanos.
21. Implementar políticas para el mejoramiento de las condiciones socieconómicas de las personas que practican el trabajo sexual como forma de subsistencia, sin privación de su libre movimiento ni violación de otros derechos inalienables.