Espacio para debatir sobre sexualidad y diversidad sexual, con total apego a la equidad y al respeto a la dignidad humana
12/21/2018
Carta abierta al Diputado Raúl Alejandro Palmero Fernández
La Habana, 21 de diciembre de 2018
Raúl Alejandro Palmero Fernández
Diputado de la Asamblea Nacional de Poder Popular
Presidente de la Federación Estudiantil Universitaria
Le escribo tomando en consideración su condición de joven revolucionario, con la doble responsabilidad de representar al estudiantado universitario y al pueblo cubano y como ejercicio de soberanía ciudadana de dirigirme a sus servidores públicos en el proceso de construcción de una República próspera y democrática.
En su intervención durante el debate en comisiones del Parlamento sobre la pertinencia de someter a referendo popular el Código de Familia en el plazo de dos años posteriores a la refrendación de la Constitución, usted ha dicho que “va a ser el pueblo en última instancia quien tome la decisión”.
Su defensa de dicho mecanismo participativo y democrático es digno de alabanza, sobre todo por el predominio del uso de los decretos leyes en la historia legislativa cubana desde 1959.
Le concedo como elector mi sincero apoyo si usted mantiene dicha postura en los numerosos procesos legislativos que ocurrirán a partir de febrero de 2019.
Sin embargo, el contexto en que se produjo su comentario fue en respuesta a la solicitud del diputado Luis Ángel Adán Roble, quien instaba a la realización de una consulta popular y de que se refrendara la Ley Código de Familia a nivel parlamentario.
Su opinión, bajo su responsabilidad legislativa y de ser líder de una organización juvenil de masas, pretende ignorar la alta probabilidad de que el Código de Familia no sea refrendado por el soberano, al incluir el reconocimiento del matrimonio igualitario, el derecho a la adopción y muchos otros cambios que reconocen, en el marco de la institución familiar, los derechos humanos de las personas con sexualidades no heteronormativas.
Cuando digo “pretende ignorar” lo hago con el debido respeto de que usted no es en lo absoluto ignorante de la lamentable persistencia de un imaginario popular discriminatorio, homofóbico y machista. El estudiantado que usted representa no está exento de tales lastres, infelizmente aprendidos en el seno de sus propias familias y reproducidos en los espacios escolares.
Los tiempos en que las organizaciones estudiantiles participaron en la purga de personas homosexuales han sido felizmente superados. En 1966, el entonces secretario general de la Unión de Jóvenes Comunistas, abogaba públicamente por la expulsión de los homosexuales de la Universidad y manifestaba que dichas personas fueran consideradas por el pueblo como individuos degenerados *. Lamentablemente, los antivalores morales en relación a este tema persisten y queda mucho por hacer para desarraigar la ideología patriarcal, homofóbica, misógina y racista de nuestro pueblo.
La garantía de los derechos humanos de las personas que por su orientación sexual e identidad de género se sitúan en estratos desventajosos de subordinación hacia una mayoría heterosexual prejuiciada es un acto de justicia en el cual usted tiene una responsabilidad ética y política.
Le pido humildemente ser parte activa de este noble empeño y que logre usted una mirada basada en derechos humanos en el desempeño de sus funciones legislativas y como presidente de la más antigua y revolucionaria organización estudiantil en la historia de la Nación.
Le saludo afectuosamente,
Alberto Roque Guerra
Doctor en Medicina
Activista por los derechos de las personas con sexualidades no heteronormativas
Educador en Derechos Humanos (Equitas, 2008)
* Martín, Miguel. 1966. Tenemos que desarraigar los rezagos de la ideología pequeño-burguesa en el movimiento estudiantil. Discurso pronunciado por Miguel Martín, secretario general de la Unión de Jóvenes Comunistas en la Asamblea General de la UJC en la Facultad de Humanidades de La Universidad de la Habana. Juventud Rebelde, 24 de enero.
12/20/2018
Código de Familia: entre el referéndum y la consulta
En todo intercambio de ideas se recogen buenos frutos. La
retirada del artículo 68 (A68) y la inclusión del A82 han motivado diferencias
de criterios. Dejando fuera las pasiones, los intereses políticos mezquinos y
las descalificaciones sietemesinas, existe una preocupación compartida en
relación a la realización de consulta popular y referéndum del anteproyecto de
Ley Código de Familia.
Las dudas e inquietudes salen a relucir ante la
imposibilidad de que el matrimonio igualitario sea incluido en el Código de
Familia, teniendo en cuenta el pensamiento discriminatorio, homofóbico y conservador
de nuestro pueblo y la pobre cultura jurídica y de derechos humanos después de 60
años de Revolución.
A ello se suma el preocupante avance de las ideologías
fundamentalistas promulgadas por las denominaciones evangélicas, a quienes
nuestro Estado/Partido les ha lanzado un trozo de carne con la eliminación del A68.
Así se busca acallar sus ladridos durante el Referéndum Constitucional. Por eso
no veo esta movida como un triunfo de las Iglesias y reitero que la eliminación
del artículo no cierra la posibilidad de la aprobación del matrimonio
igualitario.
El Código de Familia vigente desde 1976, después de un
proceso de consulta popular durante 1975, fue votado por Referéndum, según me
han hecho saber las y los expertos que hace más de veinte años han trabajado en
su actualización sin éxito alguno. En aquella época fue un Código muy avanzado
por sus fundamentos axiológicos y jurídicos en relación al Derecho de Familia.
Su promulgación siguió a la Constitución de la República de 1976.
Este proceso se pretende repetir en la actualidad, tal cual
establece la Ley. Sin embargo, no tengo información de que sea obligatorio
someter al Anteproyecto de Ley Código de Familia a Referéndum.
El anteproyecto Ley Código de Trabajo fue sometido a una
amplia consulta popular, pero fue aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular
(Parlamento), incorporando muchos de los cambios propuestos por la ciudadanía,
¿por qué tendría que ser diferente con el anteproyecto de Ley Código de
Familia?
Si el Anteproyecto de Ley Código de Familia se aprueba bajo
Referéndum no será posible aprobar el matrimonio igualitario, lo cual sería
anticonstitucional por ser una flagrante violación del artículo de igualdad y
no discriminación y nuestro Estado/Partido fallaría en el cumplimiento de sus
obligaciones como garante de derechos y de protección de grupos en desventaja
social.
Por lo tanto, la realización de la consulta popular sería la
forma participativa ideal para enriquecer el futuro Anteproyecto Código de
Familia, pero manteniendo su aprobación por las y los legisladores, de manera
que se garanticen los derechos de los grupos humanos vulnerables y en
desventaja social, donde se incluyen las personas que no se ajustan a la norma
opresiva heterosexual. [Santos Suárez, 20 de diciembre de 2018]
12/19/2018
Constitución y matrimonio igualitario o sólo el comienzo
Apoyo la nueva propuesta constitucional en relación al matrimonio. En primer lugar se expande la protección legal a las uniones consensuales y abre la posibilidad de reconocer otras formas de unión sin especificar género ni número de integrantes. Desde mi defensa del poliamor y la necesidad de despojar al matrimonio de carácter sacro, clasista y patriarcal, me parece una buena movida. La letra y espíritu de la versión actual no contradice al antiguo artículo 68 sino que lo trasciende positivamente en alcance.
Segundo, la eliminación del artículo 68 no le concede un triunfo a priori a las Iglesias y a los sectores estalino-machistas. Lo explicado en el punto anterior establece un límite al estrecho concepto de familia basado en Ley Moral Natural que defienden las Iglesias, muy a tono con los conceptos burgueses sobre la familia (en singular) que enarbolan algunos neoconservadores de "izquierda". El uso de familias en plural es muestra de que el liderazgo más alto del Estado/Partido reconoce muchas configuraciones de dicho núcleo social.
Tercero, nunca consideré que los esfuerzos debían centrarse en consignar el matrimonio igualitario en la Constitución sino en la formulación de las leyes específicas que lo ampare. La Constitución es una Ley de mínimos que a su vez debe ser lo mas incluyentemente posible de los reclamos individuales. La batalla habrá que darla en el futuro y nunca será fácil desde una posición cultural y política en minoría.
Cuarto, el aplazamiento, o desplazamiento que se propone para que en un periodo de dos años se dicten leyes específicas en relación al matrimonio tiene fines estratégicos y representa, al mismo tiempo, una coyuntura que implica riesgos y oportunidades altísimos. Tanta alaraca de muchas personas con sexualidades no heteronormativas porque leyeron los titulares de los medios sin ni siquiera reparar en el contenido del texto del nuevo artículo es una enseñanza sobre nuestras carencias y al mismo tiempo comienza dibujarse una zona de nuestra sociedad que no se calla y demanda acciones políticas concretas. Reservemos nuestras energías para el momento de la verdad: el referendo del Código de Familia.
En dicha Ley de leyes más específicas habrá mucho que debatir y proponer, sobre todo después de más de 20 años en que el olvido voluntario del anteproyecto de Ley ha permitido agregar nuevas propuestas. Matrimonio igualitario, derecho a la adopción, maternidad, paternidad, derechos patrimoniales, derechos de las personas trans, maternidad surrogada, patria potestad y guarda y cuidado, voluntad anticipada, infantes como sujetos de derecho, violencia doméstica, economía familiar, pago del trabajo doméstico y muchos otros temas son demandas que deberán ser discutidas. Se requiere, por lo tanto, de mucho estudio, paciencia y articulaciones políticas. Defendamos nuestros derechos pensando en los derechos de los demás ¡Qué se mantenga la energía, pero con contenido y conocimiento sobre los alcances de nuestras acciones! [Vedado, 19 de diciembre de 2018]
Segundo, la eliminación del artículo 68 no le concede un triunfo a priori a las Iglesias y a los sectores estalino-machistas. Lo explicado en el punto anterior establece un límite al estrecho concepto de familia basado en Ley Moral Natural que defienden las Iglesias, muy a tono con los conceptos burgueses sobre la familia (en singular) que enarbolan algunos neoconservadores de "izquierda". El uso de familias en plural es muestra de que el liderazgo más alto del Estado/Partido reconoce muchas configuraciones de dicho núcleo social.
Tercero, nunca consideré que los esfuerzos debían centrarse en consignar el matrimonio igualitario en la Constitución sino en la formulación de las leyes específicas que lo ampare. La Constitución es una Ley de mínimos que a su vez debe ser lo mas incluyentemente posible de los reclamos individuales. La batalla habrá que darla en el futuro y nunca será fácil desde una posición cultural y política en minoría.
Cuarto, el aplazamiento, o desplazamiento que se propone para que en un periodo de dos años se dicten leyes específicas en relación al matrimonio tiene fines estratégicos y representa, al mismo tiempo, una coyuntura que implica riesgos y oportunidades altísimos. Tanta alaraca de muchas personas con sexualidades no heteronormativas porque leyeron los titulares de los medios sin ni siquiera reparar en el contenido del texto del nuevo artículo es una enseñanza sobre nuestras carencias y al mismo tiempo comienza dibujarse una zona de nuestra sociedad que no se calla y demanda acciones políticas concretas. Reservemos nuestras energías para el momento de la verdad: el referendo del Código de Familia.
En dicha Ley de leyes más específicas habrá mucho que debatir y proponer, sobre todo después de más de 20 años en que el olvido voluntario del anteproyecto de Ley ha permitido agregar nuevas propuestas. Matrimonio igualitario, derecho a la adopción, maternidad, paternidad, derechos patrimoniales, derechos de las personas trans, maternidad surrogada, patria potestad y guarda y cuidado, voluntad anticipada, infantes como sujetos de derecho, violencia doméstica, economía familiar, pago del trabajo doméstico y muchos otros temas son demandas que deberán ser discutidas. Se requiere, por lo tanto, de mucho estudio, paciencia y articulaciones políticas. Defendamos nuestros derechos pensando en los derechos de los demás ¡Qué se mantenga la energía, pero con contenido y conocimiento sobre los alcances de nuestras acciones! [Vedado, 19 de diciembre de 2018]
12/10/2018
Derecho humano a la expresión sexual
Antes de que concluya el Día de los Derechos Humanos quiero dedicar esta entrada a la expresión sexual como derecho humano. Por eso me dirijo a aquellas personas que:
- han tenido la fuerza y la valentía de salir de los armarios, de mostrar su sexualidad y sus expresiones de género sin miedo al que dirán y a contrapelo de los dictados heterosexistas de la cultura y las instituciones,
- han sufrido discriminación y rechazo por sus familiares, han perdido amigos y han disuelto sus vínculos amorosos por mostrarse tal cual son en relación a su sexualidad,
- el dolor por estas pérdidas ha sido un punto de partida para retomar el rumbo de sus vidas a plenitud,
- han dejado de sentir verguenza por transgredir las normas heterosexistas y se han erigido como ejemplo moral ante su familia y la sociedad,n
- no están entre nosotros físicamente por cometer suicidio, o ser víctimas de la violencia machista por su orientación sexual o identidad de género; y a los que han muerto víctimas del Sida,
- practican el poliamor o pactan relaciones no monogámicas, contrarias a los rígidos dictados de la heterosexualidad dominante,
- se oponen a las clasificaciones sexuales y de género y practican su derecho a nombrarse a sí mismo,
- no se incluyen en las políticas públicas o son ninguniedos por las iglesias por su sexualidad o su género,
- que modifican sus cuerpos con entera libertad, de acuerdo a sus vivencias personales en relación a la sexualdiad y el género,q
- que se atreven a decir ¡basta de violencia, odio y discriminación! y toman conciencia política de su cuerpo y su sexualidad.
Ssntos Suárez, 10 de diciembre de 2018
10/01/2018
Matrimonio igualitario, Iglesias y asociaciones perversas
El
poder heterosexual está en proceso de duelo. La definición del matrimonio se ha
convertido en uno de los artículos “más polémicos” durante la consulta popular
sobre el Proyecto de Constitución.
Resulta
cuando menos una hipocresía tremenda que la desvencijada institución del
matrimonio esté en crisis por los propios heterosexuales que ostentan el
privilegio de ejercitar el derecho a oficializar sus uniones y al mismo tiempo
sean tan intensos en negarlo a las personas no heterosexuales.
El
duelo está en perder un privilegio, anquilosado a la moral judeocristiana y
burguesa, muy a pesar de que los divorcios y las desintegraciones familiares estén
a la orden del día, en franca demostración de que ese modelo hace aguas por
todas partes.
Muchas
personas de bien dicen que detenerse “en esa tontería del matrimonio
igualitario” es una cortina de humo frente otros aspectos más importantes. Otros
lo entienden como un derecho humano. Yo me sumo al último grupo y considero que
como derecho humano no es ni superior ni inferior a otros derechos contemplados
en el proyecto que discutimos. Simplemente el Estado tiene la obligación moral
y política de garantizarlo para todas las personas aunque de la consulta
popular emanen criterios en contra.
Los
derechos humanos no se plebiscitan, se garantizan; sobre todo cuando existen
grupos humanos minoritarios que están en desventaja social y tienen pobre
representación en las decisiones políticas.
El
Estado, desde su laicidad, debe garantizar ese derecho, aún contra las posturas
de las iglesias. En este aspecto resulta muy peligrosa la asonada fundamentalista
religiosa que se ha evidenciado durante la consulta.
El
Estado/Partido se ha mostrado sospechosamente permisivo con un proselitismo sin
precedentes que ha desbordado los espacios eclesiales. Las iglesias
protestantes han venido con todo: uso de formatos atractivos y en diferentes
plataformas, impresión de gigantografías, más la participación coordinada en
los espacios de discusión donde han usado un discurso que apela a valores
universales.
Con
semejante ejemplo, el Estado/Partido debiera tomar nota de cómo se hace trabajo
ideológico de calidad y sobre los peligros que implican la Iglesias para el
manejo de la cosa pública.
Da
la impresión de que desde el interior del Partido, o mejor, desde arriba, es
música para el oído lo que les iglesias plantean sobre el artículo 68. Sabemos
de sobra que este largo proceso de reconocimiento de una política no
discriminatoria a las personas con sexualidades y géneros no heteronormativos
se ha adoptado gracias a la intervención de Raúl Castro y de un pequeño grupo
de decisores y asesores que comprenden las esencias y consecuencias políticas
que representan no atacar las discriminaciones por todos los flancos.
El
actual presidente Diaz- Canel ha mostrado una actitud congruente y fundamentada
en los principios de derechos humanos, que da continuidad a los esfuerzos
personales de Raúl en relación a implementar políticas no discriminatorias.
Otros
militantes se manifestaron rabiosamente en contra cuando se discutió la
inclusión de la orientación sexual y la identidad de género como causales de
discriminación en los Objetivos de Trabajo del Partido Comunista en 2011. Ese
fue uno de los temas “más debatidos y cuestionados” entonces.
Me
parece perverso que en la TV nacional sea recurrente, después de una cuidada
edición, las opiniones adversas al artículo 68. Las iglesias deben sentir
orgullo con tener semejantes aliados.
Imaginemos
que las iglesias hubiesen distribuidos pasquines contrarios a la “moral
socialista”, o con contenido racista o cuestionadores de las políticas del
Estado. El Estado/Partido sabría en detalle quiénes, dónde y cómo generaron la
supuesta propaganda y los límites se hubiesen impuesto.
Este
post no pretende estimular la censura a las iglesias, ni mucho menos a ningún ciudadano, más bien intenta llamar la
atención sobre los límites y las responsabilidades de las iglesias como
instituciones y sobre el alto costo político que tendrá si se niega algún
derecho a cualquier persona por principios religiosos fundamentalistas.
También
hago notar la profunda orfandad del movimiento LGBTI cubano, que repito: ni es
movimiento ni es comunidad. La pobre articulación política ante el Estado/Partido
cubanos y la ausencia de liderazgos horizontales de las y los activistas LGBTIQ
favorecen estos lamentables hechos [Santos Suárez, 1 de octubre de 2018].
7/23/2018
Intervención en la Asamblea Nacional del Poder Popular sobre derechos humanos lgbti y unidad nacional
El siguiente texto fue leído por el diputado Luis Ángel Adán Roble durante los debates del Proyecto de Constitución de la República de Cuba.
La orientación sexual y la identidad de género son elementos constitutivos de la condición humana.
Desde hace muchas décadas las ciencias médicas y las ciencias sociales han reconocido que, además de la heterosexualidad, también son legítimas las orientaciones sexuales homosexual y bisexual y que las personas que expresan estas orientaciones del deseo erótico no heterosexual sufren de exclusión social, violencia física y psicológica. Todo ello conlleva a una vulneración de los derechos humanos de estas personas, que en nuestro proyecto de Nación socialista resulta inadmisible.
Desde la despenalización de la homosexualidad en Cuba en 1997, solamente se ha legislado favorablemente hacia la no discriminación por orientación sexual en la Ley Código de Trabajo de 2013, en el contexto de una redefinición de la política del Partido expresada en sus lineamientos y en la Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista.
En cuanto a la identidad de género ha sido más difícil su comprensión por la transgresión de las normas culturales, sociales y jurídicas que reconocen a la masculinidad y a la feminidad desde los atributos biológicos que definen al sexo. Las normas jurídicas vigentes en nuestro país, no reconocen a la identidad de género como constitutiva de la identidad de la persona. Por ello estamos llamados a defenderlo en el Proyecto de Constitución que hoy se nos presenta.
Por tal motivo, un grupo numeroso de cubanas y cubanos sufren de estigma, discriminación y negación de derechos por no tener una correspondencia entre la identidad de género y el sexo asignado al nacer. El sufrimiento de estas personas comienza desde edades tempranas en sus familias y sus vidas se tornan precarias durante las etapas posteriores.
Las desventajas sociales incluyen dificultades para recibir una educación con calidad, pobre acceso a un empleo digno, problemas en la atención de salud, pobre participación política y social, proclividad a actos delictivos y mayor vulnerabilidad a contraer infecciones de transmisión sexual, entre otras.
La inclusión de la identidad de género y la orientación sexual en el artículo de igualdad del proyecto de Constitución que será sometido a referendo es congruente con los principios de nuestro socialismo enmarcados en la Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista.
La implementación de políticas respaldadas en leyes concretas sería un acto de justicia y de respeto a la dignidad plena del ser humano. Desde el punto de vista ético, reconoce a la autonomía y a la libertad personal, a la identificación de grupos vulnerables para su protección y resarcimiento por limitación del disfrute de derechos, además de entender que la identidad de género masculina y femenina no se vive ni se expresa de igual manera en cada persona, ni siquiera en aquellas en que la identidad de género coincide con el sexo asignado al nacer.
La definición del matrimonio como la unión entre dos personas, propuesta realizada por Vilma Espín Guillois cuando se discutía el proyecto la Constitución de 1976, se ajusta a los Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Aunque no son principios vinculantes (de obligatorio cumplimiento) ofrece un marco referencial con los que nuestro Estado y Gobierno se han comprometido a trabajar en el marco de la política internacional y doméstica.
La actualización del concepto de matrimonio como la unión entre dos personas no quita derechos a las personas heterosexuales, repito, no quita derechos a las personas heterosexuales, sino que los extiende desde el principio de equidad al disfrute del reconocimiento legal de la unión entre dos personas, independientemente de la orientación sexual o la identidad de género. La garantía de este derecho humano no privilegia a un grupo de ciudadanas y ciudadanos en detrimento de otro.
Toda persona tiene el derecho a formar una familia, con independencia de su orientación sexual o identidad de género. Existen diversas configuraciones de familias. Ninguna familia puede ser sometida a discriminación basada en la orientación sexual o identidad de género de cualquiera de sus integrantes. Dicha realidad está sustentada por múltiples investigaciones científicas nacionales e internacionales y en las experiencias jurídicas de más de quince años si nos atenemos al Derecho Comparado.
Diputadas y diputados:
Las familias cubanas resultarán fortalecidas si se actualizan las políticas normativas vigentes. En la construcción socialista que aspira nuestra Nación deben dejarse detrás los preceptos burgueses que rigen la configuración de un solo tipo de familia. Los cambios legislativos deben tener un impacto educativo y transformador de las normas culturales en relación a la constitución de las familias.
Las diputadas y diputados que apoyamos los equitativos cambios que se han incluido en el proyecto de Constitución somos conscientes de que para muchas personas de bien, algunos de estos artículos contradice sus valores morales y religiosos. Reconocemos además el derecho de las diferentes congregaciones religiosas a expresar sus posicionamientos sobre el matrimonio y la familia desde las doctrinas del Evangelio. De hecho, ninguna de las propuestas contenidas en este proyecto constitucional atentan contra las formulaciones doctrinales que cada Iglesia o congregación religiosa disponga en sus espacios y con sus practicantes.
La separación entre Iglesias y Estado y los deberes de este último como garante de derechos humanos continúan vigente. El Estado laico debe garantizar los derechos de todas y todos, sin privilegios ni en detrimento de los derechos de minorías.
La unidad nacional es un principio del proyecto de Nación de inspiración socialista y soberana. Lo sabemos por las lecciones de nuestra historia de independencia que cristalizó por la obra y pensamiento de Fidel. La incorporación de nuevos referentes, entre los que se incluyen a grupos humanos cuyo género y sexualidad no se alinean con la heterosexualidad, redundará en una mayor unidad de la Nación. Son cientos de miles de cubanas y cubanos con lo que se tiene una deuda histórica y que como ocurre con las personas de piel negra, las mujeres heterosexuales, los campesinos, las personas religiosas y las personas discapacitadas forman parte de ese sentido de la cubanidad. Negarlos, borrarlos o silenciarlos, además de constituir una injusticia, fractura el proyecto de Nación que queremos construir.
Desde hace muchas décadas las ciencias médicas y las ciencias sociales han reconocido que, además de la heterosexualidad, también son legítimas las orientaciones sexuales homosexual y bisexual y que las personas que expresan estas orientaciones del deseo erótico no heterosexual sufren de exclusión social, violencia física y psicológica. Todo ello conlleva a una vulneración de los derechos humanos de estas personas, que en nuestro proyecto de Nación socialista resulta inadmisible.
Desde la despenalización de la homosexualidad en Cuba en 1997, solamente se ha legislado favorablemente hacia la no discriminación por orientación sexual en la Ley Código de Trabajo de 2013, en el contexto de una redefinición de la política del Partido expresada en sus lineamientos y en la Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista.
En cuanto a la identidad de género ha sido más difícil su comprensión por la transgresión de las normas culturales, sociales y jurídicas que reconocen a la masculinidad y a la feminidad desde los atributos biológicos que definen al sexo. Las normas jurídicas vigentes en nuestro país, no reconocen a la identidad de género como constitutiva de la identidad de la persona. Por ello estamos llamados a defenderlo en el Proyecto de Constitución que hoy se nos presenta.
Por tal motivo, un grupo numeroso de cubanas y cubanos sufren de estigma, discriminación y negación de derechos por no tener una correspondencia entre la identidad de género y el sexo asignado al nacer. El sufrimiento de estas personas comienza desde edades tempranas en sus familias y sus vidas se tornan precarias durante las etapas posteriores.
Las desventajas sociales incluyen dificultades para recibir una educación con calidad, pobre acceso a un empleo digno, problemas en la atención de salud, pobre participación política y social, proclividad a actos delictivos y mayor vulnerabilidad a contraer infecciones de transmisión sexual, entre otras.
La inclusión de la identidad de género y la orientación sexual en el artículo de igualdad del proyecto de Constitución que será sometido a referendo es congruente con los principios de nuestro socialismo enmarcados en la Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista.
La implementación de políticas respaldadas en leyes concretas sería un acto de justicia y de respeto a la dignidad plena del ser humano. Desde el punto de vista ético, reconoce a la autonomía y a la libertad personal, a la identificación de grupos vulnerables para su protección y resarcimiento por limitación del disfrute de derechos, además de entender que la identidad de género masculina y femenina no se vive ni se expresa de igual manera en cada persona, ni siquiera en aquellas en que la identidad de género coincide con el sexo asignado al nacer.
La definición del matrimonio como la unión entre dos personas, propuesta realizada por Vilma Espín Guillois cuando se discutía el proyecto la Constitución de 1976, se ajusta a los Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Aunque no son principios vinculantes (de obligatorio cumplimiento) ofrece un marco referencial con los que nuestro Estado y Gobierno se han comprometido a trabajar en el marco de la política internacional y doméstica.
La actualización del concepto de matrimonio como la unión entre dos personas no quita derechos a las personas heterosexuales, repito, no quita derechos a las personas heterosexuales, sino que los extiende desde el principio de equidad al disfrute del reconocimiento legal de la unión entre dos personas, independientemente de la orientación sexual o la identidad de género. La garantía de este derecho humano no privilegia a un grupo de ciudadanas y ciudadanos en detrimento de otro.
Toda persona tiene el derecho a formar una familia, con independencia de su orientación sexual o identidad de género. Existen diversas configuraciones de familias. Ninguna familia puede ser sometida a discriminación basada en la orientación sexual o identidad de género de cualquiera de sus integrantes. Dicha realidad está sustentada por múltiples investigaciones científicas nacionales e internacionales y en las experiencias jurídicas de más de quince años si nos atenemos al Derecho Comparado.
Diputadas y diputados:
Las familias cubanas resultarán fortalecidas si se actualizan las políticas normativas vigentes. En la construcción socialista que aspira nuestra Nación deben dejarse detrás los preceptos burgueses que rigen la configuración de un solo tipo de familia. Los cambios legislativos deben tener un impacto educativo y transformador de las normas culturales en relación a la constitución de las familias.
Las diputadas y diputados que apoyamos los equitativos cambios que se han incluido en el proyecto de Constitución somos conscientes de que para muchas personas de bien, algunos de estos artículos contradice sus valores morales y religiosos. Reconocemos además el derecho de las diferentes congregaciones religiosas a expresar sus posicionamientos sobre el matrimonio y la familia desde las doctrinas del Evangelio. De hecho, ninguna de las propuestas contenidas en este proyecto constitucional atentan contra las formulaciones doctrinales que cada Iglesia o congregación religiosa disponga en sus espacios y con sus practicantes.
La separación entre Iglesias y Estado y los deberes de este último como garante de derechos humanos continúan vigente. El Estado laico debe garantizar los derechos de todas y todos, sin privilegios ni en detrimento de los derechos de minorías.
La unidad nacional es un principio del proyecto de Nación de inspiración socialista y soberana. Lo sabemos por las lecciones de nuestra historia de independencia que cristalizó por la obra y pensamiento de Fidel. La incorporación de nuevos referentes, entre los que se incluyen a grupos humanos cuyo género y sexualidad no se alinean con la heterosexualidad, redundará en una mayor unidad de la Nación. Son cientos de miles de cubanas y cubanos con lo que se tiene una deuda histórica y que como ocurre con las personas de piel negra, las mujeres heterosexuales, los campesinos, las personas religiosas y las personas discapacitadas forman parte de ese sentido de la cubanidad. Negarlos, borrarlos o silenciarlos, además de constituir una injusticia, fractura el proyecto de Nación que queremos construir.
7/09/2018
Demonios fundamentalistas cristianos: algunas reflexiones hereticales para el Partido Comunista de Cuba (parte III y final)
El punto 3 de la Declaración de la Iglesia Evangélica Pentecostal Asambleas de Dios, las Convenciones Bautistas Occidental y Oriental, la Liga Evangélica de Cuba y la Iglesia Metodista en Cuba dice:
«Que la gracia de Dios es para todos los seres humanos independientemente de su orientación sexual e ideología política o religiosa; para ser regenerados y transformados una vez que hayan procedido al arrepentimiento, por medio de la fe en Jesucristo»
No faltaba más, después de condenar las expresiones de género y del deseo erótico no heterosexuales nos dicen estos dueños de la fe que «la gracia del Dios es para todos los seres humanos». Lo comprendí: condenamos el pecado no al pecador. Después vienen con un texto mucho más tétrico: la regeneración y la transformación siempre y cuando se arrepientan. Está claro, primero te declaras culpable, te sometes al poder de la Iglesia y después te curamos sólo con la fe en el señor Jesucristo que cada iglesia o denominación interprete. Supongo que no baste con la fe, también aplican otros medios de regeneración que son castrantes del deseo: miedo, culpa, exclusión, control y vigilancia. Debieran consultar a los otros poderes que han fracasado en semejante cruzada: las lobotomías, los electroshocks, las terapias reparativas aversivas, las inmersiones en agua helada, las histerectomías a las ninfómanas, las prisiones, la torturas, todas avaladas por la misma fe.
Es la misma lógica fundamentalista que permite la aplicación de la pena de muerte en muchos países africanos y del Medio Oriente por homosexualidad, con la diferencia de que estos últimos le llaman a ese Dios Alá.
También desde esa fe culposa se permiten los feminicidios en México y en otros países de la región, la muerte de muchas mujeres por no tener derecho al aborto y el asesinato a machetazos en la vía pública de un activista gay en Jamaica, hace ya algunos años.
También ha cobrado demasiadas víctimas por suicidio y por el Sida. Sentir y creer en Dios, el que sea, es un derecho y otra cosa bien distinta es aceptar que existan guardianes que se erigen controladores del cuerpo y de la sexualidad.
La libertad religiosa tiene límites cuando existen violaciones de los derechos humanos de los cuales las iglesias son cómplices o activas promulgadoras. Nuestros decisores políticos deben estar alertas ante el surgimiento y desarrollo de corrientes fundamentalistas que atenten contra la unidad nacional.
Nuestra Constitución debe seguir estableciendo un Estado laico, que respete la libertad religiosa pero sin menoscabo de los derechos de la ciudadanía. La unidad nacional no puede ser construida mediante la exclusión de ciudadanas y ciudadanos por su orientación sexual, identidad y expresiones de género, color de la piel, discapacidad, ideas religiosas, seroestatus al VIH, credo político, origen nacional, lugar de residencia, estatus económico, entre otros. El momento es decisivo para lograr una Cuba integrada, pero transformada donde la unidad se construya de forma variopinta, consensuada y respetuosa. (FIN)
Es la misma lógica fundamentalista que permite la aplicación de la pena de muerte en muchos países africanos y del Medio Oriente por homosexualidad, con la diferencia de que estos últimos le llaman a ese Dios Alá.
También desde esa fe culposa se permiten los feminicidios en México y en otros países de la región, la muerte de muchas mujeres por no tener derecho al aborto y el asesinato a machetazos en la vía pública de un activista gay en Jamaica, hace ya algunos años.
También ha cobrado demasiadas víctimas por suicidio y por el Sida. Sentir y creer en Dios, el que sea, es un derecho y otra cosa bien distinta es aceptar que existan guardianes que se erigen controladores del cuerpo y de la sexualidad.
La libertad religiosa tiene límites cuando existen violaciones de los derechos humanos de los cuales las iglesias son cómplices o activas promulgadoras. Nuestros decisores políticos deben estar alertas ante el surgimiento y desarrollo de corrientes fundamentalistas que atenten contra la unidad nacional.
Nuestra Constitución debe seguir estableciendo un Estado laico, que respete la libertad religiosa pero sin menoscabo de los derechos de la ciudadanía. La unidad nacional no puede ser construida mediante la exclusión de ciudadanas y ciudadanos por su orientación sexual, identidad y expresiones de género, color de la piel, discapacidad, ideas religiosas, seroestatus al VIH, credo político, origen nacional, lugar de residencia, estatus económico, entre otros. El momento es decisivo para lograr una Cuba integrada, pero transformada donde la unidad se construya de forma variopinta, consensuada y respetuosa. (FIN)
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