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3/20/2022

Preocupaciones sobre infancias trans en el Proyecto de Ley Código de las Familias

Excelente Jornada Científica sobre Bioética y  Derecho en el Proyecto Código de las Familias. Los principales temas fueron: autonomía progresiva del menor, adultos mayores y voluntad anticipada más los derechos de este grupo etáreo, filiación, parentalidad, diferencias entre el matrimonio en el Derecho Romano y Derecho Canónico, Estado laico, responsabilidad parental.
Hice tres preguntas sobre la ausencia en el proyecto de la protección específica de las infancias trans y con fluidez de género en el ámbito familiar que no fueron respondidas con enfoque bióetico. 
Aquí las preguntas, tal cual fueron formuladas en Seminario sobre Bioética y Derecho en el Proyecto Código de las Familias.



Deseo agregar mis preocupaciones por las respuestas recibidas en estos puntos, que enumero a continuación:
-Ausencia de enfoque multi y trans disciplinar.
-Evasión de los aportes de investigaciones sobre familias y personas trans publicadas por el CENESEX, que incluye la tesis doctoral de su directora (y diputada de la Asamblea Nacional) Mariela Castro Espín).
-Ausencia de referentes de más de 20 años del grupo TransCuba, quienes tienen experiencias de vida en sus infancias de sufrimiento, precariedad y en menor medida, de desarrollo de capacidades para enfrentarlas.
-Ausencia de intervenciones sociales integrales con las familias de personas trans e intersexo.

10/23/2020

Progresismos papales y matrimonio igualitario en Cuba

Publicado en: Blog Matria, El Toque

El papa Francisco ha abierto una pequeña brecha en la infranqueable doctrina cristiana: es el primer sumo pontífice que reconoce a las personas homosexuales como parte de una familia y condena alto y claro la homofobia familiar.

Las posiciones progresistas del Bergoglio no son nuevas. Se reconocen sus intentos de tratar la homosexualidad durante el Sínodo Extraordinario de los Obispos sobre Familia en 2014-2015. Aunque Su Santidad encargó al cardenal Baldisseri, junto a otros purpurados liberales, incluir esta discusión, el ala conservadora del Vaticano mostró una marcada resistencia al asunto. Sin embargo, en el texto final del Sínodo se reconoce que la dignidad de las personas homosexuales debe ser respetada en el seno de sus familias.

A contrapelo de la rigidez conservadora y el ocultamiento que la homosexualidad tiene en el seno de la Iglesia Católica, Francisco ha mostrado audacia al negarse a juzgar a las personas homosexuales. La necesidad de una Ley de convivencia civil, sin hacer mención al matrimonio igualitario, también es, en parte, un paso de avance que pudiera representar un alivio ante la flagrante violación global de los derechos humanos de las personas con sexualidades y géneros no heteronormativos. La gran influencia de la Iglesia Católica a nivel mundial pudiera también favorecer un cambio favorable en los 68 países que penalizan las relaciones consensuadas entre personas del mismo género.
Sin embargo, cuando el papa se refiere a una Ley de convivencia civil, propone un desplazamiento que deja intacta la institución del sacrosanto matrimonio. Cuando el actual pontífice fue cardenal y arzobispo de Buenos Aires, optó por proponer la unión civil para homosexuales ante el embate imparable de los grupos LGBTIQ y sus aliados políticos a favor del matrimonio igualitario en Argentina. Su posición actual no colisiona con lo planteado en las conclusiones del Sínodo de los Obispos sobre la familia con relación al matrimonio: “no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia”.

¿Por qué la reciente declaración del papa aviva las preocupaciones sobre la aprobación del matrimonio igualitario en Cuba?

La Constitución de la República de Cuba establece el reconocimiento del matrimonio y otras uniones sin especificar género o números de cónyuges, despoja al matrimonio de sus fines reproductivos, junto a los artículos que prohíben la discriminación por orientación sexual o identidad de género.

En la Ley civil cubana se amparan tanto la figura jurídica del matrimonio como las uniones de hecho para las personas heterosexuales con similares derechos y obligaciones. Dicho privilegio heterosexista no tiene significado religioso desde el punto de vista jurídico en nuestro país, como no tiene ningún valor legal el matrimonio formalizado bajo los sacramentos de las Iglesias.

Las declaraciones del sumo pontífice, que sugieren el reconocimiento de uniones civiles entre personas del mismo sexo como otra institución diferente al matrimonio, también han sido esbozadas por algunos decisores políticos durante los decenios que anteceden al Anteproyecto de Código de las Familias en Cuba. En la actualidad algunos líderes evangélicos se han expresado en esta misma vertiente para evitar el choque con sus fundamentos sacros del matrimonio.

Dichos postulados presuponen una política francamente discriminatoria si las personas del mismo género no pueden acceder al disfrute de los derechos que ofrecen tanto el matrimonio como la unión civil. Ello incluye el derecho a la adopción, asunto que genera intensas resistencias en los ámbitos religiosos y seculares por el imaginario homofóbico que pervive en Cuba, tanto a nivel social como estructural.

El escenario actual tiene el antecedente de que el debate constitucional estuvo permeado por posiciones neoconservadoras cristianas que se opusieron y presionaron al Estado/Partido. Las denominaciones religiosas evangélicas fueron las más incisivas, con gran movilización de recursos humanos y materiales en sus acciones pastorales contra el artículo 68 del anteproyecto de Constitución, que abría la posibilidad del matrimonio igualitario. El contradiscurso de dichas denominaciones se basó fundamentalmente en una narrativa legitimadora del “diseño original de la familia”. El asunto se tornó más complejo cuando se propuso por la Comisión Constituyente someter a referendo el futuro Código de las Familias. Numerosos activistas e intelectuales expresamos nuestra oposición a que se plebisciten derechos humanos.

Las actuales declaraciones del máximo líder de la Iglesia Católica son preocupantes ante la posibilidad de que se reconozca una figura jurídica paralela al matrimonio, con el consiguiente menoscabo de los derechos de parentesco de las personas con sexualidades y géneros no heteronormativos. Aunque se desconoce el contenido del Anteproyecto del Código de las Familias, se disparan las alarmas de que el Estado/Partido conceda una gratificación a las Iglesias cristianas, sobre todo, a la católica, con quien mantiene excelentes relaciones bilaterales.

Adicionalmente, el Estado/Partido enfrenta serios dilemas políticos entre el respeto a la libertad religiosa y de los fundamentos de su laicidad. La creación de la Alianza de Iglesias Evangélicas de Cuba y el uso de algunos grupos evangélicos en acciones de subversión del orden constitucional y de Gobierno cubanos constituyen una amenaza nada despreciable para la adopción de políticas garantes de derechos de las personas LGBTIQ.

Más allá del entusiasmo generado por las declaraciones del sumo pontífice, debemos prestar atención a que no se percibe necesariamente un cambio doctrinal en el seno de la Iglesia Católica y que los grupos neoconsevadores, dentro y fuera de las iglesias, tendrán una alineada posición antiderechos LGBTIQ.

El éxito relativo de las denominaciones cristianas en implantar un discurso que avala la existencia de una supuesta ideología de género, basada en estereotipos patriarcales y discriminatorios, el pobre alcance de las políticas de educación en la sexualidad, la debilidad en la construcción de alianzas entre actores de la sociedad civil que aboga por el respeto de estos derechos, son desafíos importantes.

El reconocimiento de los derechos de las personas trans, de las políticas específicas sobre los derechos reproductivos de las mujeres lesbianas y bisexuales, el derecho a la adopción y la configuración de familias homoparentales y homomaternales serán objeto de una agresiva oposición de dichos grupos religiosos. El asunto de cómo se reconocen —o se deshacen— los parentescos no heterosexuales tiene un valor real y simbólico que impacta en el resto de los derechos, pues son interdependientes e inalienables.

Si el Estado/Partido adopta la estrategia de no respetar todos los derechos para todas las personas incurriría en una violación de los artículos constitucionales de igualdad y no discriminación, del respeto a la dignidad humana y de la separación entre Iglesias y Estado. Esperemos que prime la congruencia entre la voluntad y la política real. El matrimonio es para el Estado Cubano una institución civil, y será igualitario o no será.

10/01/2018

Matrimonio igualitario, Iglesias y asociaciones perversas


El poder heterosexual está en proceso de duelo. La definición del matrimonio se ha convertido en uno de los artículos “más polémicos” durante la consulta popular sobre el Proyecto de Constitución.
Resulta cuando menos una hipocresía tremenda que la desvencijada institución del matrimonio esté en crisis por los propios heterosexuales que ostentan el privilegio de ejercitar el derecho a oficializar sus uniones y al mismo tiempo sean tan intensos en negarlo a las personas no heterosexuales.
El duelo está en perder un privilegio, anquilosado a la moral judeocristiana y burguesa, muy a pesar de que los divorcios y las desintegraciones familiares estén a la orden del día, en franca demostración de que ese modelo hace aguas por todas partes.
Muchas personas de bien dicen que detenerse “en esa tontería del matrimonio igualitario” es una cortina de humo frente otros aspectos más importantes. Otros lo entienden como un derecho humano. Yo me sumo al último grupo y considero que como derecho humano no es ni superior ni inferior a otros derechos contemplados en el proyecto que discutimos. Simplemente el Estado tiene la obligación moral y política de garantizarlo para todas las personas aunque de la consulta popular emanen criterios en contra.
Los derechos humanos no se plebiscitan, se garantizan; sobre todo cuando existen grupos humanos minoritarios que están en desventaja social y tienen pobre representación en las decisiones políticas.
El Estado, desde su laicidad, debe garantizar ese derecho, aún contra las posturas de las iglesias. En este aspecto resulta muy peligrosa la asonada fundamentalista religiosa que se ha evidenciado durante la consulta.
El Estado/Partido se ha mostrado sospechosamente permisivo con un proselitismo sin precedentes que ha desbordado los espacios eclesiales. Las iglesias protestantes han venido con todo: uso de formatos atractivos y en diferentes plataformas, impresión de gigantografías, más la participación coordinada en los espacios de discusión donde han usado un discurso que apela a valores universales.
Con semejante ejemplo, el Estado/Partido debiera tomar nota de cómo se hace trabajo ideológico de calidad y sobre los peligros que implican la Iglesias para el manejo de la cosa pública.
Da la impresión de que desde el interior del Partido, o mejor, desde arriba, es música para el oído lo que les iglesias plantean sobre el artículo 68. Sabemos de sobra que este largo proceso de reconocimiento de una política no discriminatoria a las personas con sexualidades y géneros no heteronormativos se ha adoptado gracias a la intervención de Raúl Castro y de un pequeño grupo de decisores y asesores que comprenden las esencias y consecuencias políticas que representan no atacar las discriminaciones por todos los flancos.
El actual presidente Diaz- Canel ha mostrado una actitud congruente y fundamentada en los principios de derechos humanos, que da continuidad a los esfuerzos personales de Raúl en relación a implementar políticas no discriminatorias.
Otros militantes se manifestaron rabiosamente en contra cuando se discutió la inclusión de la orientación sexual y la identidad de género como causales de discriminación en los Objetivos de Trabajo del Partido Comunista en 2011. Ese fue uno de los temas “más debatidos y cuestionados” entonces.
Me parece perverso que en la TV nacional sea recurrente, después de una cuidada edición, las opiniones adversas al artículo 68. Las iglesias deben sentir orgullo con tener semejantes aliados.
Imaginemos que las iglesias hubiesen distribuidos pasquines contrarios a la “moral socialista”, o con contenido racista o cuestionadores de las políticas del Estado. El Estado/Partido sabría en detalle quiénes, dónde y cómo generaron la supuesta propaganda y los límites se hubiesen impuesto.
Este post no pretende estimular la censura a las iglesias, ni mucho menos  a ningún ciudadano, más bien intenta llamar la atención sobre los límites y las responsabilidades de las iglesias como instituciones y sobre el alto costo político que tendrá si se niega algún derecho a cualquier persona por principios religiosos fundamentalistas.
También hago notar la profunda orfandad del movimiento LGBTI cubano, que repito: ni es movimiento ni es comunidad. La pobre articulación política ante el Estado/Partido cubanos y la ausencia de liderazgos horizontales de las y los activistas LGBTIQ favorecen estos lamentables hechos [Santos Suárez, 1 de octubre de 2018].